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patria potestad, emancipacion de los hijos menores

Hola, gracias por su estupendo servicio, mi consulta es somos un matrimonio de Castellón y ahora por razones de estudio de una de los hijas, debemos enviarla a Madrid , ella tiene 15 años , muy espabilada pero 15 años, para ahorrarnos la estancia ( piso ) la enviaremos a casa de unos familiares, mi pregunta como tratar la autorización, me han hablado de la emancipación ? pero no se bien que es ? .

La emancipación que nos vienen heredado del la jurisprudencia romana , era la liberación , que obviamente daban a un esclavo para s¡pasar a ser libre de sus actos, la cuestión es que el derecho romano no contemplaba a los esclavos como personas si no como cosas .

Por lo tanto podríamos hablar de que emanciparse es entrar en un estado de autonomía total , bien se por un acta que ceden sus padres o tutores, por sentencia del juez y como no podía ser menos por llegar automáticamente a la mayoría de edad que se regule en cada país aquí a los 18 años .

Relacionado con ello esta la patria potestad

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola,mi caso es el siguiente: Estoy separado desde que nacio mi hijo, mi ex mujer me denuncio por maltrato sin fundamentos, perdio todos los jucios y se demostro que mentia, consegui la patria potestad compartida y la custodia la tiene mi ex, al tener la denuncia de malos tratos y despues de unos seguimientos por parte de mi ex, solicite al juez un punto de encuentro para recoger y entregar a mi hijo para evitar problemas. El juez dicto en la sentencia que con la patria potestad, los dos padres decidian todo del niño, los dos opinaban y el punto de encuentro tenia q estar informado de todo entre ambas partes. Hace 1 mes me entero que mi hijo va a una guarderia sin mi consentimiento ni autorizacion, bajo mi punto de vista esta violando la patria potestad ya que yo no decidi y durante 1 mes no he sabido donde estaba mi hijo, y si le pasa algo en la guarderia, ¿a quien reclamo yo? he puesto una denuncia a la madre por esto y me la rechazan, dicen que no hay delito. Me gustaria saber hasta q punto no es delito ya que lo sentencio un juez pero no lo inclui en la denuncia. ¿Podeis ayudarme a saber q puedo hacer??
Gracias.

Abogados gratis dijo...

fijate en la sentencia del juez, alli pondra un numero de juzgado, pues en ese juzgado ( ya que el juez puede o no ser el mismo ) presentas la denuncia directamente ( ya tienen un impreso para ello ) aporta copia de la sentencia o numero de la sentencia ... y pruebas

Anónimo dijo...

¿puedo volver a poner la denuncia por el mismo motivo? tenia 5 dias para recurrir pero cuando me llego yo me encontraba de viaje y cuando he leido la carta habian pasado los 5 dias. He pedido en el punto de encuentro un informe de la situacion de mi hijo y que conste que no tienen conocimiento de guarderia, asi como que la madre no me entrega al niño con nada de ropa, la que lleva se la compro yo y cuando hay algo que la gusta a su madre me la quita y por mucho q se la reclamen en el punto de encuentro no me la devuelve, eso ¿se considera hurto? cuando viene el fin de semana conmigo, no le trae maleta ni nada, bueno, un sin fin de cosas q perjudican al niño y el punto de encuentro puede verificar.
Muchas gracias por responder, deseo que mi hijo este bien y saber todo movimiento de este, ya que no puedo tenerle conmigo lo que me gustaria.

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