MI caso es que tengo un gimnasio, pero por crisis no puede hacer frente a unos créditos, lo cual me embargaron los aparatos del gimnasio, nombrando depositaria a una empleada nuestra, esta se ha constituido una sociedad limitada, y esta trabajando con nuestros aparatos, imposibilitando trabajar nosotros y no poder pagar, es esto legal ? .
Por supuesto que NO, la depositaria solo tiene la obligación de cuidar ( por decirlo así ) de los " aparatos " sin tocarlos, ni venderlos, ni aprovecharse de ellos, en este plazo que va desde el embargo a la subasta Ud. puede liberar previo pago de la deuda los bienes y volver todo a la normalidad, o esperar al dia de la subasta, cuando esta se produce si Ud. no ha pagado será del acreedor o de quien haya concursado en la subasta judicial, y a partir de entonces este podrá usarlos como propios o venderlos o hacer lo que quiera .
mientras el deposito es solo esto, guardar hasta subasta . Lo normal es que el fedatario judicial los hubiera precintado, igual que hacen con los vehículos y por consiguiente imposibilitándolos de todo uso .
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