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Buscador de Abogados y Abogadas: que me pueden embargar por impago de crédito
Buscador de Abogados y Abogadas: que me pueden embargar por impago de crédito: "Mi pregunta es que si dejo de pagar un crédito personal o tarjeta de credito me pueden embargar la vivienda si tengo la hipoteca al día ? ..."
quien hereda antigua esposa legal o mujer actual si no esta casada
Mi pregunta es que mi esposo es casado y hace ya varios años que se separo de su antigua esposa pero legalmente siguen casados quiero saber que pasa si compra una casa para mi? En caso de que le pase algo a quien le queda la casa si yo no estoy casada con el ?
Bueno los factores a deteminar serian muchos, como la existencia de comprobacion de ser pareja de hecho, tener hijos, pero si bien la legislacion esta algo liada ? lo mejor seria que compre la casa directamente a su nombre al 100% y así registralmente es ud. ya la propietaria a todos los efectos, si como imaginamos el tiene inquietudes de que le ocurriría si le hecha ud. de la casa, se puede guardar el usufructo de la propiedad así de esta forma Ud. es la propietaria, los herederos sus hijos, y el puede vivir mientras este en vida ( claro después ya no lo necesitara ... )
Otra seria que se la deje en testamento y la mas fácil de todas seria divorciarse !! y casarse con Ud.
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donde hacer y como nuestra denuncia por cualquier abuso
Donde denunciar ? cualqier tipo de abuso ? dese luego hay muchos
para temas e consumo domestico estaria el OCU ( organizacion de consumidores ) pero detras esta una empresa privada con animo de lucro, es decir que te suscribas a sus servicios pagando ...
Para abusos bancarios estaria el AUSBANK, ( asociación de usuarios de servicios financieros ) lo mismo de antes ....
Luego están las oficiales como defensa del ciudadano DEFENSOR DEL PUEBLO , en cada comunidad suele haber uno, estos no son pagando ni con animo de lucro, pero tampoco sirven de mucho por no decir nada , como ya hemos visto a lo largo de los años, mas cuando estos mismos son nombrados por los propios gobiernos y lógicamente nadie muerde la mano de quien le da de comer .....
Así que mi recomendación es la policía , hacer una denuncia en la policía Local, autonómica o la policía nacional, cuando no la gravedad o la inexistencia de las otras se deba hacer en la guardia civil !!
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para temas e consumo domestico estaria el OCU ( organizacion de consumidores ) pero detras esta una empresa privada con animo de lucro, es decir que te suscribas a sus servicios pagando ...
Para abusos bancarios estaria el AUSBANK, ( asociación de usuarios de servicios financieros ) lo mismo de antes ....
Luego están las oficiales como defensa del ciudadano DEFENSOR DEL PUEBLO , en cada comunidad suele haber uno, estos no son pagando ni con animo de lucro, pero tampoco sirven de mucho por no decir nada , como ya hemos visto a lo largo de los años, mas cuando estos mismos son nombrados por los propios gobiernos y lógicamente nadie muerde la mano de quien le da de comer .....
Así que mi recomendación es la policía , hacer una denuncia en la policía Local, autonómica o la policía nacional, cuando no la gravedad o la inexistencia de las otras se deba hacer en la guardia civil !!
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Profesionales de impagar el alquiler trucos legales que utilizan
Es obvio que hay inquilinos que dejan de pagar el alquiler simplemente porque tienen otras necesidades perentorias, comida, luz, .. pero hay otros que son verdaderos especialistas en no pagar .
Asi que los denominaremos profesionales del Impago alquiler, y donde el propietario se las ve y desea para recuperar su propiedad .
Amen de costosos gastos judiciales de abogados y procuradores y juicios lentísimos, es anecdótico que el gobierno en ciudades ponga la obligatoriedad de o tener pisos vacíos y obligando a alquilarlos, pero haciendo la vista gorda después cuando surgen los problemas
Así que vamos a ver los trucos legales ( artimañas ) que utilizan con mas frecuencia
- no recoger las notificaciones enviadas por lo tanto no hay comunicacion como se indica que debe haber, salvo que al final se le envié a fuerza publica ? aunque debe ser en horas intempestivas, ya que normalmente en horas normales el sujeto no esta en casa . Ya tiene avisados a los vecinos e que no le recojan nada !!
- pedir un abogado de oficio, mientras lo aleguen estiman si se lo dan .. pueden pasar algunos meses y eso en el mejor de los casos que el inquilino después no lo cambie queriendo elegir otro , aludiendo que el que tiene no le defiende bien !! para alargar la agonía del propietario .
- enervar la acción de desahucio o pagar las rentas que se deben antes de la celebración del juicio haciendo un deposito en el notario y aludiendo que el arrendador no quería cobrarle ? , lo que ademas produce un coste elevado de juicio abogado y procurador al propietario .
pedir dicha asistencia fuera del plazo o incluso en el momento del juicio , aludiendo que el abogado que tenia no se ha presentado !!- una vez condenado a desalojar la vivienda, el inquilino puede pedir un abogado de oficio o un procurador de cara lo que puede retrasar el proceso otros dos meses en el mejor de los casos ! , por derecho a hacer la reclamacion de juicio improcedente ?
- si en el momento del desalojo no está el inquilino o alguna de las personas que tienen que intervenir (comisión judicial, el procurador del arrendador, la policía o un cerrajero) también puede dilatar algunos días el proceso .
- si hay animales ( perros, gatos, serpientes…) no se puede celebrar el desalojo. si abre la puerta un menor de edad o una persona enferma también hay que tomar medidas y otros retrasos mas al canto
- si el piso está lleno de muebles del inquilino, también puede pedir unos días para retirarlos, con lo que se le da un plazo, si no lo cumple el juez entre que si y que no vuelve a enviar una segunda advertencia y así hasta una tercera con acompañamiento de la fuerza publica, entre pitos y flautas otro mes mas en el mejor de los casos .
- y ya ni contar si el inquilino dice que hay falsedad documental o estada y va por la veía penal, en este caso recomendamos al propietario una buena hamaca , para esperar .....
O sea que lo mejor es tener suerte, asi que vamos a hacer una lista de inquilinos morosos, para particulares y profesionales del tipo como el asnef o rai de los bancos
INTERESADOS CONSULTAR
autorizacion y legalidades de los permisos de trabajo
Permisos de trabajo
1. La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena habilitará a los extranjeros que residen fuera de España y que hayan obtenido el correspondiente visado a iniciar una relación laboral por cuenta ajena.
2. La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena tendrá una duración de un año y podrá limitarse a un ámbito geográfico y sector de actividad determinado conforme a las instrucciones o directrices determinadas por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
3. En los supuestos previstos en este reglamento, los extranjeros residentes o los que se hallan en situación de estancia por estudios podrán acceder a la correspondiente autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, sin que sea exigible el visado. En el caso de los que hayan sido residentes, la duración de la autorización estará en función del tiempo que hayan residido previamente en España.
El acceso a la autorización de residencia y trabajo de quienes sean titulares de un visado de búsqueda de empleo se regirá por las disposiciones específicas de este reglamento y por el acuerdo sobre contingente
4. Los extranjeros que obtengan una autorización deberán solicitar la tarjeta de identidad de extranjero correspondiente en el plazo de un mes desde el comienzo de la autorización.
Permisos por cuenta propia
" Permiso de trabajo "D" inicial. Permite ejercer una actividad por cuenta propia, o profesional. Puede limitarse para un tipo de actividad concreta así como para un ámbito geográfico también concreto. Tiene una validez de un año.
" Permiso de trabajo "D" renovado. Para ejercer una actividad en todo el territorio nacional durante un periodo de dos años. Pueden obtener este permiso los titulares de un permiso tipo D inicial al término de su vigencia.
" Permiso de trabajo "E". Para ejercer cualquier actividad en todo el territorio del estado. Tiene una validez de dos años. Podrán obtener este permiso los titulares de un permiso del tipo D renovado al término de su vigencia.
Permisos especiales
1.Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada
2. Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
3. Residencia Permanente.
encontrar empleo http://www.fimaster.net/empleo
1. La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena habilitará a los extranjeros que residen fuera de España y que hayan obtenido el correspondiente visado a iniciar una relación laboral por cuenta ajena.
2. La autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena tendrá una duración de un año y podrá limitarse a un ámbito geográfico y sector de actividad determinado conforme a las instrucciones o directrices determinadas por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
3. En los supuestos previstos en este reglamento, los extranjeros residentes o los que se hallan en situación de estancia por estudios podrán acceder a la correspondiente autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, sin que sea exigible el visado. En el caso de los que hayan sido residentes, la duración de la autorización estará en función del tiempo que hayan residido previamente en España.
El acceso a la autorización de residencia y trabajo de quienes sean titulares de un visado de búsqueda de empleo se regirá por las disposiciones específicas de este reglamento y por el acuerdo sobre contingente
4. Los extranjeros que obtengan una autorización deberán solicitar la tarjeta de identidad de extranjero correspondiente en el plazo de un mes desde el comienzo de la autorización.
Permisos por cuenta propia
" Permiso de trabajo "D" inicial. Permite ejercer una actividad por cuenta propia, o profesional. Puede limitarse para un tipo de actividad concreta así como para un ámbito geográfico también concreto. Tiene una validez de un año.
" Permiso de trabajo "D" renovado. Para ejercer una actividad en todo el territorio nacional durante un periodo de dos años. Pueden obtener este permiso los titulares de un permiso tipo D inicial al término de su vigencia.
" Permiso de trabajo "E". Para ejercer cualquier actividad en todo el territorio del estado. Tiene una validez de dos años. Podrán obtener este permiso los titulares de un permiso del tipo D renovado al término de su vigencia.
Permisos especiales
1.Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada
2. Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
3. Residencia Permanente.
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denuncia falsa por violencia de genero a mi novio
La cuestión es que denuncie a mi novio, por amenazas, aunque en realidad el nunca me ha pegado, al salir el juicio el fiscal le ha condenada a una alejamiento y 6 meses de carcel .
La realidad es que llevo muchos años con el mas de 10 y fui yo la que tuve la culpa por que le engañe con otro , lo deje y encima lo denuncie , y estoy muy arrepentida y quisiera saber como quitar la denuncia ?
Realmente hay varios problemas y graves :
- No se pueden hacer denuncias falsas, ya que aparte de lo que puede repercutir le a ud. por cometer este delito que a causado la cárcel a su ex novio .
- Si después realmente su ex novio por revancha si le comete una amenaza o mal trato, como se tomara la justicia ? si en la primera fue falsa su acusación ?
- La denuncia la califica el fiscal no Usted, aunque si creo que debería dar cuenta al juez de su actuación para evitar que si si ex novio vuelve a recibir otra denuncia no caiga en reincidencia porque entonces no serán 6 meses de cárcel, ( esto ha sido un aviso ) la próxima pueden largos años
- No juegue con estas cosas son demasiado serias y consecuentes .
La dación en pago al banco por no poder pagar la hipoteca
Es una cuestión que no esta determinada correctamente en la ley hipotecaria, que solo defiende a los bancos y cajas, siendo una ley injusta, insocial, y del todo lucrativa únicamente para la banca .
Dado que en el momento de la hipoteca aceptamos una reglas de juego con el notario y el banco, nos impide acceder a nuestros derechos que deberían ser legales . Daros cuenta que la ley viene de 1.875 .
Así que la dación en pago esta por regular, aunque ya esta en vias del parlamento pese a la opsoción como es normal del PSOE el pasado mes de octubre a instancias de la plataforma de afectados por la hipoteca así se han posicionado ya varios partidos políticos a favor de que se pueda devolver la vivienda sin que ello afecte y arruine la vida del consumidor, ya que el banco o caja aparte de embargarte, la vivienda de la que muchas veces has estado pagando como un jabato, media vida y solo has amortizado intereses, aparte de que el valor de la vivienda no es el mismo que cuando la compraste, ya que si han pasado 6 o 7 años es de un valor muy superior !!
El banco da cuatro céntimos para quedársela y revenderla a un precio mas que lucrativo y encima te embarga otras propiedades si las tienes para pagar la deuda que sigues manteniendo o tu nomina, etc, etc.
Pues bien esperemos que la sentencia del juzgado de 1ª instancia, avalado por la audiencia Foral de Navarra, cause jurisprudencia y los partidos políticos avalen el cambio de leyes, aunque tenemos que decir que bancos como nuestro queridísimo BBVA, va a interponer una demanda contra estas soluciones y por supuesto el Partido de gobierno PSOE, al frente de su Zapatero, tampoco la apoyan , fíjense hace unos días pidiendo dinero a los gobiernos de Qatar para solventar ( NO EL PARO ... ) si no fondos para las instituciones financieras, además de decir que ( copio textualmente )
" Ni hablar de la dación de pago porque no se puede poner en peligro a las instituciones financieras Españolas !
eso si poner en peligro a las cerca de 300.000 familias que ya han sufrido o están sufriendo una ejecución hipotecaria en España, datos que podrían duplicarse entre 2011 y 2012. Familias que, no lo olvidemos, no sólo deben enfrentarse al drama de la pérdida de la vivienda, sino que además siguen arrastrando buena parte de la deuda de por vida, condenadas a la pobreza y a la exclusión social hagan lo que hagan, puesto que lo deuda genera a su vez nuevos intereses y es irrecuperable.
vease el caso de Jaime Abelardo
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